Protocolo LGTBI

La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, ha introducido en su artículo 15 cambios significativos en relación con la inclusión de personas LGTBI en el ámbito empresarial.

Específicamente, a partir de esa fecha, las empresas con más de 50 personas en plantilla deben establecer un conjunto planificado de acciones y recursos destinados a lograr la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI. Esto implica la implementación de un protocolo para abordar el acoso o la violencia dirigidos específicamente a este grupo. Sin embargo, los detalles específicos y el alcance de estas medidas aún están pendientes de ser desarrollados mediante reglamentación.

¿Qué debe incluir el Protocolo LGTBI?

Un Plan LGTBI efectivo debe ser integral y abarcar diversas áreas de actuación dentro de la empresa. A continuación, se detallan algunos de los elementos clave que debería incluir:

Políticas de no discriminación:

  • Declaración clara y visible del compromiso de la empresa con la igualdad y la no discriminación por motivos de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
  • Prohibición de la discriminación en todas las áreas de la empresa, incluyendo la contratación, el despido, la promoción, la formación y el desarrollo profesional.
  • Medidas para garantizar que las políticas de no discriminación se implementen y se cumplan de manera efectiva.

Formación y sensibilización en diversidad:

  • Programas de formación obligatorios para todos los empleados y las empleadas sobre diversidad LGTBI, incluyendo conceptos básicos, terminología adecuada y estrategias para la inclusión.
  • Sensibilización sobre los desafíos y las experiencias de las personas LGTBI en el ámbito laboral.
  • Creación de una cultura de respeto e inclusión para todas las personas, independientemente de su orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Medidas específicas para garantizar la inclusión:

  • Creación de grupos de afinidad LGTBI para fomentar la conexión y el apoyo entre empleados y empleadas.
  • Mentoring y programas de apoyo para personas LGTBI.
  • Revisión de las políticas y prácticas de la empresa para garantizar que sean inclusivas para las personas LGTBI, incluyendo las políticas de beneficios, los códigos de vestimenta y las instalaciones.

Protocolo para prevenir y gestionar casos de discriminación:

  • Mecanismos claros y accesibles para que el personal puedan denunciar casos de discriminación.
  • Investigación y resolución de las denuncias de manera justa y transparente.
  • Medidas disciplinarias para los empleados y empleadas que discriminen a otros u otras por motivos de orientación sexual, identidad de género o expresión de género.

Además de estos elementos clave, un plan LGTBI efectivo también debería incluir:

  • Un diagnóstico inicial de la situación actual de la empresa en materia de igualdad LGTBI.
  • Un plan de acción con objetivos específicos, metas medibles y plazos definidos.
  • Un sistema de seguimiento y evaluación para medir el impacto del plan y realizar las modificaciones necesarias.
  • La participación activa de los empleados y empleadas LGTBI en el diseño, implementación y evaluación del plan.

Es importante destacar que no existe un modelo único de plan LGTBI, ya que las necesidades y características de cada empresa son diferentes. Lo importante es que el plan sea adaptado a la realidad de la empresa y que se implemente de manera efectiva para lograr un entorno laboral inclusivo y respetuoso para todas las personas.

¿Desde cuándo es obligatorio contar con un Protocolo LGTBI?

La Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, entró en vigor el 2 de marzo de 2023 e incluyó nuevas obligaciones para las empresas. Según esta norma, todas las empresas de más de 50 personas en plantilla deben implantar un Plan LGTBI.

Sanciones para las empresas que no cumplan con su obligación de tener un Protocolo LGTBI

Para todas esas empresas que no cumplan con la obligación de contar con el correspondiente protocolo LGTBI de la Ley Trans, se enfrentan a duras sanciones:

  1. Si la infracción se considera leve, la multa oscila desde los 200 euros hasta los 2.000.
  2. Si es considerada grave, la cuantía estará entre 2.001 euros y 10.000.
  3. La etiqueta de muy grave traerá la peor de las sanciones: 10.001 euros de mínimo y una sanción máxima de 150.000 euros.

Es fundamental que las empresas se adhieran a esta normativa para garantizar la igualdad y no discriminación de las personas lesbianas, gais, bisexuales, trans e intersexuales en el entorno laboral. Las sanciones buscan fomentar el cumplimiento y la protección de los derechos del colectivo LGTBI.

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